La instalación de un aparato de gas debe tomar precauciones de seguridad. De hecho, la sala que alberga el equipo debe cumplir con criterios específicos y, en ocasiones, debe ser reorganizada.
Los dos criterios principales que se deben tener en cuenta a la hora de instalar un dispositivo en una habitación son:
1. El volumen de la habitación.
2. La presencia de una abertura en la habitación.
Volumen de la habitación que contiene un aparato de gas:
El local donde se instale un aparato a gas debe cumplir con un volumen mínimo porque debe permitir que los productos de la combustión se diluyan lo suficiente para mantener una calidad de combustión suficiente.
Por lo tanto, este volumen mínimo se aplica en el caso de aparatos no estancos cuyos productos de combustión pueden evacuarse dentro de la habitación, es decir, aparatos de tipo A y aparatos antiguos de tipo B que no tienen un dispositivo de seguridad contra el reflujo.
La regla general fija un volumen mínimo de 8m3pero hay algunas excepciones y especificidades:
Tipos de dispositivos | Ejemplos | Volumen mínimo de la habitación | Exenciones |
POSEE | Aparatos de cocina | ≥ 8m3 | No hay renuncias |
B | Calderas de Baja Temperatura | ≥ 8m3 | – Dependencia o sala reservada exclusivamente para la instalación de estos dispositivos – Dispositivo equipado con un SPOTT o un dispositivo de seguridad individual VMC-gas, como es el caso de todas las nuevas calderas de gas BT |
contra | Caldera de alto rendimiento energético | No hay requisito de volumen para este tipo de dispositivos debido a su diseño a prueba de agua. |
Cabe señalar que cuando hay varios dispositivos de diferente tipo instalados en una misma habitación, se debe adoptar la regla más restrictiva.
Presencia de una abertura en la habitación que alberga el aparato de gas:
Una abertura en la habitación es importante para garantizar una ventilación rápida cuando sea necesario. Al igual que el volumen mínimo, la presencia de una abertura sólo es necesaria en el caso de aparatos no estancos como los aparatos de tipo A y los antiguos aparatos de tipo B no equipados con dispositivos de seguridad en los quemadores.
Con carácter general, la superficie del vano reglamentario se fija en un mínimo de 0,4 m² y debe dar al exterior oa un pequeño patio de más de 2 metros de ancho. Sin embargo, existen algunas excepciones según el tipo de dispositivo:
Tipos de dispositivos | Ejemplos | Apertura | Exenciones |
POSEE (Dispositivos no conectados no impermeables) | Aparatos de cocina | Superficie ≥ 0,4m² exterior o patio ancho > 2m | – Habitación ubicada entre 2 habitaciones equipadas con aberturas que permitan la ventilación (como se muestra en el diagrama a continuación) |
B (Los dispositivos conectados no son impermeables) | Calderas de BT | Superficie ≥ 0,4m² exterior o patio ancho > 2m | – Dependencia o sala reservada exclusivamente para la instalación de estos dispositivos |
contra (dispositivos impermeables) | Calderas HPE | No hay ningún requisito en términos de apertura para este tipo de dispositivos debido a su diseño impermeable. |
Dado el riesgo de incendio, explosión o intoxicación, es fundamental tener en cuenta estas reglas y precauciones, pero también las normas relativas a la ventilación de los locales que albergan una caldera de gas, para garantizar la máxima seguridad de su instalación de gas.