En septiembre de 2015 entrará en vigor la Directiva Europea de Ecodiseño. Este reglamento tiene como objetivo eliminar del mercado los aparatos de calefacción que tienen un impacto negativo en el medio ambiente.
El objetivo es animar a los consumidores a recurrir a tecnologías menos intensivas en energía. Para ello, se establecerán requisitos comunes para los estados miembros de la UE. Los dispositivos que no cumplan con estos requisitos serán gradualmente excluidos de la venta. Los productos afectados (en términos de calefacción) son las calderas eléctricas, de gas y de gasóleo.
Gracias a este dispositivo, se estima que el consumo medio de energía en la UE podría descender un 10% en 2020.
El fin de las calderas de baja temperatura en 2018
Eventualmente, las calderas de «baja temperatura» se eliminarán gradualmente, a favor de las calderas de condensación de gas. Les resultará difícil cumplir con los requisitos energéticos establecidos por la directiva (una eficiencia global mínima del 86% para las calderas).
La retirada del mercado será paulatina.
1ª fase: septiembre de 2015
Las calderas de BT con un rendimiento inferior al 86% no se comercializan desde septiembre de 2015. Se exceptúan las calderas de baja temperatura del tipo B1 (calderas no estancas dotadas de cortatiro: las denominadas calderas de evacuación de chimenea).
Deben alcanzar un rendimiento mínimo del 75%. De hecho, cuando se está en una chimenea colectiva, es aconsejable no instalar calderas de condensación, por lo que la baja temperatura es la única solución. Esta excepción será válida hasta 2018.
Ver calderas tipo B1 autorizadas hasta 2018
2ª etapa: 2018
Desde el 1 de enero de 2018 está prohibida la instalación de una caldera de baja temperatura de tipo B1 en conductos individuales, incluso cuando se trate de la sustitución de una caldera de este mismo tipo.
En efecto, el artículo 16 del decreto de 22 de marzo de 2017 indica que este tipo de calderas ahora solo se pueden instalar en viviendas colectivas sobre un conducto común o un conducto individual de más de 10 metros de longitud.
A partir de septiembre de 2018 entrará en vigor un nuevo requisito de emisiones de NOx. Los óxidos de nitrógeno (NOx) provienen de la combustión de gases. Son nocivos para la salud y el medio ambiente porque causan contaminación. También juegan un papel en el aumento de los gases de efecto invernadero.
Por ello, la directiva prevé la exclusión del mercado de los aparatos cuya tasa de NOx supere los 56 m/kWh. Las calderas de baja temperatura tipo B1 ya no podrán cumplir este requisito.
Las calderas de condensación se convierten en el referente
Las calderas de tipo condensación alcanzan un rendimiento estacional entre el 89 y el 94%. Por lo tanto, cumplen con el requisito de rendimiento establecido por la directiva de Ecodiseño.
A partir de septiembre de 2018, se convertirán en las calderas de referencia y deberán instalarse en los hogares franceses.
Ver calderas de condensación
Etiquetas energéticas en aparatos de calefacción
Esta directiva está asociada al etiquetado energético, que informa a los compradores sobre el consumo energético de los electrodomésticos. A partir de septiembre encontraremos una etiqueta energética en los aparatos de calefacción (calderas y calentadores de agua) que van desde la A (para los de menor consumo energético) hasta la F.
Todas estas medidas obligarán a los fabricantes a ofrecer productos más eficientes y más respetuosos con el medio ambiente.