Doble acristalamiento y aislamiento de viviendas: las obligaciones de los propietarios

¿Eres inquilino y sufres molestias en tu hogar? ¡El inconveniente quizás se deba a un problema con la hermeticidad del edificio o a la pérdida de calor de su carpintería! Sin embargo, como la ley establece que todo propietario (arrendador o no) tiene el deber de alquilar una vivienda digna a su inquilinodispone de determinados recursos en caso de incumplimiento de estas normas.

Y qué caracteristicas ¿Tiene que presentar una vivienda para ser considerada “decente”? Que riesgo un propietario que no alquila un alojamiento digno de ese nombre? Hagamos un balance de su derechos como inquilinoy en el deberes del propietario !

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¿Qué es una vivienda digna?

Hoy en día, la normativa vigente obliga a los propietarios a alquilar viviendas dignas a sus inquilinos. Ya sea que se alquile amueblado o sin amueblar, compartido o simplemente alquilado, ¡un alojamiento digno debe cumplir ciertos criterios! Echemos un vistazo a los requisitos reglamentarios actuales.

Recordatorio: la ley Alur para viviendas “dignas”

Desde 2014, la ley Alur (Acceso a la Vivienda y Urbanismo Renovado) rige la cesión de vivienda en propiedad a inquilinos.

¿El propósito de esta regulación? Promover el acceso a una vivienda digna y asequible para todos los inquilinos franceses, y lucha contra los hábitats indignos y los condominios degradados.

Por ello, la ley ha establecido varias características para identificar la vivienda como digna (o digna). Estas características se refieren en particular al aislamiento térmico del edificio o del equipamiento puesto a disposición del arrendatario.

Ventanas de doble acristalamiento, obligatorias o no, aislamiento térmico… Los 5 criterios para una vivienda digna

Los propietarios deben ofrecer una vivienda digna a sus inquilinos. En otras palabras, la propiedad debe cumplir con los siguientes criterios:

✔️ Una superficie mínima según el tipo de alojamiento (alquilado o compartido)

  • Para alojamiento no compartido: una habitación principal con una superficie habitable de al menos 9 ㎡ y una altura de techo de al menos 2,20 m.
  • Para alojamiento compartido (alquiler separado o conjunto): un espacio habitable de al menos 20 ㎥, así como habitaciones para cada uno de los compañeros de habitación con un área mínima de 9 ㎡ y un volumen de 20 ㎡.

Por otro lado, ¡una habitación ubicada en el sótano no se puede ofrecer en alquiler!

✔️ La ausencia de riesgo para la seguridad y salud del inquilino

  • Respeto de cerramientos y cubiertas: los accesos al edificio deben estar en buen estado de conservación, y ofrecer una protección eficaz contra escorrentías y crecidas de agua.
  • La instalación de redes y acometidas de electricidad y gas que cumplan con las normas de seguridad y se encuentren en buen estado de funcionamiento.

✔️ Libre de plagas y plagas

El alojamiento no debe estar infestado de alimañas o parásitos como ratas, ratones o cucarachas, por ejemplo.

✔️ Rendimiento energético mínimo

  • Protección contra infiltraciones de agua y aire exterior (carpinterías estancas, paredes aisladas, etc.). Por otro lado, el doble acristalamiento no es obligatorio, en la medida en que una carpintería equipada con un solo acristalamiento puede ser impermeable, aunque presentando un bajo rendimiento térmico en comparación con el doble o triple acristalamiento.
  • Ventilación suficiente que permita la renovación del aire interior (rejillas de ventilación en las ventanas, VMC, etc.).

✔️ La provisión de ciertos equipos

  • Equipamientos que garanticen el mínimo confort: calefacción, agua potable, evacuación de aguas residuales, electricidad, sanitarios, cocina, etc.
  • Sistemas de retención conformes, instalados en balcones, escaleras o ventanas de arriba (barandillas, balaustrada, etc.).

Apartamento no digno: ¿qué prevé la normativa para inquilinos y propietarios?

¿Eres inquilino y vives en un alojamiento considerado no digno? Tenga la seguridad de que tiene ciertos remedios, ¡dependiendo del tipo de alojamiento que alquile!

Efectivamente, la solución no es dejar de pagar el alquiler, con el pretexto de que tu alojamiento no cumple los requisitos vigentes. En cambio, debe seguir ciertos procedimientos para poder beneficiarse de un recurso conforme a la ley.

Recursos como inquilino de vivienda no digna

En caso de vivienda no digna, estos son los recursos disponibles para usted como inquilino, dependiendo de la reacción del propietario:

  • Si el dueño acepta muestras de indecencia : envío de una carta certificada con acuse de recibo al propietario, mencionando el trabajo a realizar, así como el plazo para realizar el trabajo.
  • Si el dueño disputa los signos de indecencia : formalización al propietario a la comisión departamental de conciliación o al juzgado para la realización de los trabajos de cumplimiento, mediante carta certificada con acuse de recibo.

Sanciones: ¿cómo obligar a un arrendador (arrendador o no) a cambiar ventanas o aislar una vivienda?

En caso de falta de respuesta en el plazo de dos meses, el arrendatario tiene entonces derecho a embargar el Registro del Juzgado.

Si el propietario se niega a dar seguimiento a la obra, estas son las sanciones que le pueden ser aplicadas e impuestas por el Juez de la Corte:

  • Realización de trabajos de adecuación de la vivienda: rehabilitación, adecuación de normas, instalación de equipamientos, etc.
  • La reducción de la renta exigida al arrendatario.
  • Daños pagados al inquilino.

¿Qué ayuda para aislar una vivienda o instalar ventanas de doble acristalamiento? Soluciones para reducir los costes del propietario

Si la obra de reforma no es responsabilidad del inquilino sino del propietario, puede representar un coste elevado. Para ayudar a los propietarios a financiar el trabajo necesario y reducir los costos, el gobierno les ofrece varios subsidios.

Entre los principales, encontrarás:

  • MaPrimeRénov’ (fusión de los antiguos esquemas de crédito fiscal de Anah y “Habiter Mieux Agilité”), cuyo monto se fija de acuerdo con la categoría de ingresos a la que pertenece el propietario.
  • La eco-PTZ, concedida por el banco del propietario, y amortizable en un plazo máximo de 20 años.
  • El tipo de IVA reducido al 5,5% o 10% en lugar del 20%, deducido directamente de su factura por la compra e instalación de equipos de alto rendimiento.
  • Certificados de Ahorro de Energía (CEE), otorgados por proveedores de energía como EDF.

Así, todas estas subvenciones pueden ayudar a los propietarios (propietarios y no propietarios) a sustituir las carpinterías de un acristalamiento por ventanas de doble acristalamiento, a aislar el ático de una vivienda o a instalar una caldera de condensación ¡a menor coste!

Como inquilino, el alojamiento en el que vive debe respetar ciertos criterios de decencia sobre la superficie habitable, el equipamiento o el grado de rendimiento térmico del alojamiento. Si su casa no cumple con estos requisitos, ¡entonces tiene todo el derecho de pedirle al propietario que realice el trabajo necesario! En caso de negativa del propietario, apelación y las incautaciones legales son entonces posibles.

Por su parte, los propietarios se animan a renovar sus propiedades gracias a ayuda financiera del gobierno concedidos bajo determinadas condiciones, como MaPrimeRénov’ o certificados de ahorro energético. En consecuencia, la reforma de una vivienda es también una oportunidad para el propietario de mejorar su DPE, de modernizarlo y, en consecuencia, de revender más fácilmente !

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